Política de ética y buenas prácticas editoriales

1. Objetivo

Establecer lineamientos para regular la actividad científica y editorial de quienes están involucrados en el proceso editorial de la revista Boletín Instituto del Mar del Perú.

2. Finalidad

Que todos los involucrados (autores, editores, equipo editorial, revisores pares, etc.) en el proceso editorial de la revista conozcan sus deberes y derechos, y eviten incurrir en infracciones que vulneren los derechos de terceros o afecten la buena imagen de la revista.

3. Ámbito de aplicación

Autores, editores, miembros del equipo editorial, evaluadores y todas las personas involucradas en el proceso editorial de la revista.

4. Normativa
  • 4.1. Internacional
    • Principles of Transparency and Best Practice in Scholarly Publishing (COPE, DOAJ, OASPA & WAME, 2022).

    • Code of conduct and best practice guidelines for journal editors (COPE, 2011).

    • Recommendations for Promoting Integrity in Scientific Journal Publications (CSE, 2023).

    • Recommendations for the Conduct, Reporting, Editing, and Publication of Scholarly Work in Medical Journals (ICMJE, 2023).

  • 4.2. Nacional

    • Decreto Legislativo N° 822, Ley sobre el Derecho de Autor

    • Resolución de Presidencia N° 028-2024-CONCYTEC-P, que aprueba el Código Nacional de Integridad Científica.

    • Ley N° 29733, Ley de protección de datos personales

5. Definiciones
  • Revista científica: publicación periódica en la que se publica y difunde los resultados de investigación de un determinado campo del conocimiento.

  • Obra: cualquier manuscrito de creación intelectual y original que sea postulado a la revista bajo la sección de Artículos originales, Artículos de revisión, Notas científicas, Notas técnicas, Cartas, Reseñas bibliográficas, Obituarios o cualquier otra establecida por la revista.

  • Autor: persona natural que ha contribuido en la creación intelectual de una obra, cumpliendo cuidadosamente con los criterios de autoría establecidos por el International Committee of Medical Journal Editors (ICMJE): contribución sustancial en la concepción o diseño, adquisición, análisis o interpretación de datos; redacción o revisión del contenido de la obra; aprobación final de la versión a publicar y acuerdo de ser responsable y rendir cuentas por todos los aspectos de la obra.

  • Autor de correspondencia: autor responsable de la comunicación con la revista durante todo el proceso editorial de un manuscrito.

  • Editor en jefe: responsable de dirigir la revista, vela por el cumplimiento de los objetivos y garantiza el buen funcionamiento del proceso editorial bajo los principios de integridad, honestidad intelectual, objetividad e imparcialidad, calidad y transparencia.

  • Comité editorial: equipo de profesionales del campo de las ciencias marinas y limnología, que coordinan el proceso de revisión de los manuscritos y velan por el cumplimiento de los objetivos, política editorial y normas de publicación de la revista.

  • Comité científico: asesora al Comité editorial y Editor en jefe en aspectos relacionados con la calidad de las publicaciones y el contenido editorial.

  • Comité técnico: gestiona la corrección de estilo, traducción, diagramación y la parte administrativa y económica de la revista. Además de administrar la plataforma de gestión editorial Open Journal System (OJS) y promover la difusión de los manuscritos.

  • Revisores pares: investigadores activos con amplia experiencia en investigación y con múltiples publicaciones científicas en áreas temáticas que aborda la revista, cuya función principal es evaluar objetivamente los manuscritos de los autores con la finalidad de emitir observaciones, recomendaciones y valoraciones de si se deben publicar o no en la revista.

  • Proceso editorial: fases por las que pasa un manuscrito hasta llegar a su publicación. Comprende las etapas de envío, revisión inicial, revisión por pares, dictamen, corrección, revisión final, publicación y difusión.

6. Principios
  • 6.1. Integridad
    Ejercicio de valores y principios éticos que promuevan prácticas rigurosas y responsables en la investigación y en los procesos editoriales de la revista.

  • 6.2. Honestidad intelectual
    Refiere a la seriedad, veracidad y sinceridad con la que se desarrolla la investigación y los procesos editoriales de la revista.

  • 6.3. Objetividad e imparcialidad
    Refiere a la rectitud, equidad, justicia y objetividad con la que se desarrolla la investigación y los procesos editoriales de la revista.

  • 6.4. Calidad
    Refiere a la búsqueda constante de la excelencia y mejora continua en el desarrollo de la investigación y los procesos editoriales de la revista.

  • 6.5. Transparencia
    Refiere a la apertura, claridad y disposición para proporcionar la información necesaria de la calidad del desarrollo de la investigación y de los procesos editoriales de la revista.

7. Responsabilidades
  • 7.1. Editor en jefe
    • Elaborar y hacer cumplir las directrices a los autores para el envío y presentación de manuscritos.

    • Elaborar, comunicar y monitorear junto con el Comité editorial las políticas necesarias que regirán la gestión editorial de la revista.

    • Conformar, presidir, orientar y evaluar el Comité editorial de la revista.

    • Gestionar el proceso editorial de la revista y garantizar que cada una de las fases se desarrolle de manera eficiente y bajo las políticas y directrices de la revista.

    • En coordinación con el Comité editorial, tomar la decisión de aceptar o rechazar un manuscrito tomará como referencia principal la valoración de los revisores pares; así como la importancia, originalidad, claridad y pertinencia que éste representa para la revista.

    • Tratar a todos los involucrados en el proceso editorial con equidad, cortesía, objetividad, honestidad y transparencia.

    • Establecer un sistema para una revisión por pares rápida y eficaz.

    • Monitorear y garantizar la imparcialidad, puntualidad y minuciosidad del proceso editorial de revisión por pares.

    • Asegurar la calidad de lo que se publica en la revista en cuanto a pertinencia, relevancia, rigor científico y actualidad.

    • Visibilizar las publicaciones de la revista y buscar opciones de indización en bases de datos científicas.

    • Investigar a fondo cualquier práctica o conducta no ética que se pueda identificar durante el proceso editorial, con el fin de garantizar el cumplimiento de las normas éticas y buenas prácticas editoriales de la revista.

    • Asumir la responsabilidad con el Comité editorial de lo que se publica en la revista; por tanto, les corresponde publicar correcciones, aclaraciones, retractaciones, erratas y disculpas, cuando sea necesario.

  • 7.2. Comité editorial

    • Establecer junto al Editor en jefe las políticas editoriales de la revista.

    • Evaluar manuscritos postulados a la revista y determinar junto al editor si deben ser publicados o rechazados.

    • Coordinar el proceso de revisión de los manuscritos y asegurar la calidad de lo que se publica en la revista en cuanto a pertinencia, relevancia, rigor científico y actualidad.

    • Monitorear y garantizar la imparcialidad, puntualidad y minuciosidad del proceso editorial de revisión por pares.

    • Garantizar que el proceso de revisión por pares del tipo doble ciego sea confidencial. No podrá revelar la identidad de los revisores a los autores y viceversa.

    • Proteger la confidencialidad del manuscrito de cada autor. No podrá divulgar información sobre un manuscrito enviado a cualquier persona que no sea el autor correspondiente, revisores u otros asesores editoriales.

    • Informar debidamente al autor de la fase del proceso editorial en que se encuentra el manuscrito enviado, así como de las resoluciones del dictamen y la revisión final.

    • Invitar a investigadores de la comunidad académica nacional e internacional para que publiquen sus manuscritos en la revista.

    • Recomendar evaluadores para el proceso de revisión por pares.

    • Velar por el cumplimiento de las normas éticas y buenas prácticas editoriales de la revista.

  • 7.3. Comité científico

    • Asesorar al Editor en jefe y al Comité editorial en aspectos relacionados con la calidad de las publicaciones y el contenido editorial.

    • Evaluar manuscritos cuando el Comité editorial los designe como revisores pares de una investigación.

    • Sugerir al Comité editorial a otros expertos como revisores pares.

    • Invitar a investigadores de la comunidad académica nacional e internacional para que publiquen sus manuscritos en la revista.

    • Promover la difusión de la revista en medios académicos nacionales e internacionales.

  • 7.4. Comité técnico

    • Gestionar la corrección de estilo, traducción y diagramación de las galeradas de los manuscritos.

    • Gestionar la parte económica y administrativa de la revista.

    • Administrar la plataforma de gestión editorial de la revista Open Journal System (OJS).

    • Promover la difusión de los manuscritos en redes sociales y otros sitios académicos de interés.

    • Gestionar las suscripciones a servicios editoriales como DOI, programas de anti-plagio, entre otros.

    • Indicar el nombre, versión y la fecha de uso en caso de utilizar alguna herramienta de IA en cualquier parte del proceso editorial; así mismo informar a los autores y lectores para qué se utilizó.

  • 7.5. Autor

    • Firmar la Carta de presentación, originalidad y cesión de derechos de autor donde declaran bajo fe de juramento que el manuscrito es original, inédito y que no ha sido publicado o divulgado de forma pública por ningún medio de difusión impreso o digital.

    • Cumplir estrictamente con las Directrices para autores publicadas en el sitio web de la revista cuando se envíe y presente un manuscrito.

    • Presentar los resultados de manera clara, honesta y sin fabricación, falsificación o manipulación inadecuada de los datos. El manuscrito debe contener la información necesaria para la reproducibilidad del estudio y los resultados; incluir datos inexactos o inventados es considerado una falta a la ética.

    • Dar el crédito correspondiente a los autores cuyos trabajos han sido influyentes en la elaboración del manuscrito presentado. Por lo cual dichos trabajos deben ser citados y referenciados correctamente de acuerdo con las normas APA 7ma ed.

    • Considerar como autores del manuscrito solo a aquellos que cumplen con cada uno de los cuatro criterios de autoría establecidos por la ICMJE: contribución sustancial en la concepción o diseño, adquisición, análisis o interpretación de datos; redacción o revisión del contenido de la obra; aprobación final de la versión a publicar y acuerdo de ser responsable y rendir cuentas por todos los aspectos de la obra. Aquellas personas que no cumplan con estos cuatro criterios deben ser reconocidas en los agradecimientos.

    • Declarar cualquier conflicto de interés que pueda influir en los resultados o interpretación del manuscrito, así como en la cesión total y por plazo indefinido de los derechos patrimoniales a la revista.

    • Declarar si usó alguna herramienta de IA en la elaboración de la investigación; por lo que debe incluir al final del manuscrito una nueva sección titulada “Declaración de uso de Inteligencia Artificial”. En esta sección, especificar el nombre de la herramienta, versión y para qué se utilizó; además, debe declarar que asume la total responsabilidad por el contenido de la publicación.

    • Notificar de inmediato al editor de la revista si descubre un error o inexactitud significativa en su manuscrito publicado. Si el error es detectado por un lector, él o los autores deberán retractarse, solicitar la corrección o bien aportar las pruebas necesarias para respaldar la veracidad de los resultados.

    • Comprometerse con cada paso del Proceso editorial del manuscrito y atender oportunamente las observaciones o solicitudes por parte del editor de la revista.

  • 7.6. Revisores pares

    • Revisar los manuscritos en base a los criterios de evaluación del Formulario de evaluación de artículos y emitir comentarios, observaciones, recomendaciones y valoraciones de si la investigación es apta para ser publicada o no en la revista.

    • Revisar los manuscritos de manera objetiva y expresar sus puntos de vista con claridad y con argumentos válidos. Cualquier crítica personal al autor es inapropiada.

    • Revisar los manuscritos siguiendo las políticas y directrices editoriales de la revista.

    • Mantener la confidencialidad del proceso de revisión por pares (doble ciego), no divulgar con terceros (que no sea el editor), ningún tipo de información relacionada al manuscrito.

    • Notificar al editor sobre cualquier conducta no ética identificada en el manuscrito de los autores, así como proporcionar la información necesaria que pueda ser motivo para rechazar la publicación del manuscrito.

    • Declarar si existen conflictos de intereses con algún manuscrito y negarse a su revisión.

    • Informar al Equipo Editorial si usó alguna herramienta de IA en la evaluación de un manuscrito. Solo se puede utilizar IA para verificar gramática y ortografía; cualquier comentario, observación o recomendación generada con IA debe ser debidamente informado. El equipo editorial se reserva el derecho de aceptar o rechazar dichas sugerencias.

    • Cumplir con el plazo establecido para la revisión de manuscritos, que es de treinta (30) días después de haber aceptado la revisión. Si tiene algún inconveniente y no puede realizar la evaluación en el tiempo establecido, debe notificar oportunamente al editor para ampliar el plazo o asignar el manuscrito a otro revisor.

8. Infracciones
  • 8.1. Plagio
    Acción de utilizar como propia información, ideas o formulaciones verbales, orales o escritas de otras personas, sin dar a éstas el crédito correspondiente a través de citas y referencias bibliográficas.

  • 8.2. Fabricación de datos
    Declaración de haber realizado procedimientos que no se realizaron o de haber obtenido datos y resultados que no se obtuvieron.

  • 8.3. Falsificación de datos
    Presentar datos, procedimientos o resultados modificados, inexactos o incompletos que pueden interferir con la evaluación o las conclusiones de la investigación.

  • 8.4. Falsa autoría
    Incluir como autor a una persona que no realizó una contribución significativa en la elaboración del manuscrito y que no cumple con los criterios de autoría establecidos por la ICMJE.

  • 8.5. Autoplagio
    Cuando el autor reutiliza toda o parte de su investigación que ya fue publicada en un nuevo manuscrito que pretende publicarlo como nuevo y original.

  • 8.6. Conflicto de intereses no declarados
    Cuando existe de por medio un interés comercial o intelectual financiero del autor, editor o revisor, que se contraponen con la veracidad o integridad del manuscrito.

  • 8.7. Publicación duplicada
    Se refiere a un manuscrito que se sobrepone sustancialmente a otro que ha sido publicado previamente, ya que su hipótesis, metodología, muestra, resultados, discusión y conclusiones son similares o idénticas al manuscrito publicado previamente; además que no hay ningún aporte de información relevante que lo distinga del original y tampoco una clara y visible referencia a la publicación original. Este tipo de infracción puede ser realizada a través del plagio o traducción del manuscrito.

  • 8.8. Postulación simultánea
    Cuando el autor postula al mismo tiempo su manuscrito en dos o más revistas.

9. Sanciones

La revista rechaza y condena cada una de las infracciones mencionadas anteriormente. El Editor en jefe, conjuntamente con el Comité editorial, son los responsables de investigar a fondo cualquier práctica o conducta no ética que se identifique durante el proceso editorial. Para abordar los casos de sospecha de conductas no éticas, la revista sigue los procedimientos establecidos en los diagramas de flujo de COPE, y, en base a ellos, cualquier manuscrito que se compruebe haya incurrido en una mala praxis será:

En el caso que el manuscrito esté publicado

  • Retractado: se retira el manuscrito del sitio web de la revista y de otros medios de divulgación en el que se haya incluido.

  • Corregido: se publica una nueva versión del manuscrito señalando los cambios realizados.

En el caso que el manuscrito esté postulado

  • Rechazado: el manuscrito se rechaza y no se publica en el sitio web de la revista.

En cualquiera de los casos, el autor es notificado a través de una carta, en el que se detalla y justifica la decisión tomada. Si se demuestra que se actuó de mala fe, la revista procede a notificar a los afectados y los respalda para que tomen las acciones correspondientes amparados en la Ley sobre el Derecho de Autor - Decreto Legislativo N° 822 y el Código Nacional de la Integridad Científica del Concytec. Si el infractor tiene una afiliación correspondiente a una institución de otro país, se procede a notificar a las autoridades de dicha institución.

10. Referencias bibliográficas